Un ciudadano argentino demuestra una oferta de trabajo en España mediante un contrato laboral firmado y condicionado a la obtención del visado, presentado por la empresa empleadora ante la Oficina de Extranjería correspondiente al domicilio de la empresa. No sirve una carta de intenciones ni un correo electrónico: el documento debe cumplir requisitos formales concretos que se explican a continuación.
Qué documento acredita realmente la oferta de empleo
El régimen general de extranjería, regulado por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, exige que la contratación de un trabajador extracomunitario se articule mediante un contrato de trabajo que surta efectos desde la fecha de entrada en vigor del visado. Este contrato debe estar firmado por el empleador y, en la mayoría de los casos, también por el trabajador, e incorporar los elementos esenciales de la relación laboral: identificación fiscal de la empresa, puesto de trabajo, jornada, duración y retribución.
No es admisible un precontrato genérico ni una promesa verbal. Tampoco basta con un anuncio de vacante aceptado por el candidato: la Administración exige constancia documental de que la empresa asume la contratación en firme, condicionada a la concesión de la autorización administrativa previa.
El salario debe respetar el mínimo legal
La retribución pactada debe ser, como mínimo, la correspondiente al convenio colectivo aplicable o, en su defecto, al salario mínimo interprofesional vigente, fijado anualmente por Real Decreto (en 2024 se estableció en 1.134 euros mensuales en catorce pagas, mediante el Real Decreto 145/2024). Conviene comprobar la cifra actualizada para 2025 antes de presentar el contrato, ya que una retribución inferior al mínimo legal es motivo habitual de denegación.
Quién inicia el trámite: el papel de la empresa
A diferencia de otros procedimientos de extranjería que puede iniciar el propio interesado, la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena se inicia en España por la empresa empleadora, no por el ciudadano argentino desde Argentina. Esto significa que la compañía debe presentar la solicitud ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde radique el centro de trabajo, acompañando el contrato, la documentación acreditativa de su solvencia y actividad, y el alta prevista en la Seguridad Social.
Solo una vez concedida esa autorización inicial por la Administración española, el ciudadano argentino puede solicitar el visado de trabajo en el consulado de España que corresponda a su domicilio en Argentina, aportando el contrato ya validado.
Documentación que suele requerirse junto al contrato
- Pasaporte argentino en vigor
- Certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años, legalizado y, en su caso, traducido
- Certificado médico que acredite la ausencia de enfermedades con repercusión de salud pública
- Justificación de la capacidad económica y actividad de la empresa contratante
- Acreditación de la cualificación profesional cuando el puesto lo requiera
La reforma del reglamento de extranjería y su efecto en 2025
El nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por Real Decreto 1155/2024, de 26 de noviembre, entró en vigor en mayo de 2025 e introdujo cambios relevantes en varias figuras de arraigo y en la gestión de autorizaciones de trabajo, simplificando algunos trámites y digitalizando parte del procedimiento. No obstante, el núcleo del requisito —contrato firme, condicionado al visado, iniciado por la empresa— se mantiene como elemento central para acreditar la oferta de trabajo. Es recomendable verificar en cada caso concreto si el puesto o el sector de actividad están afectados por alguna previsión específica de la nueva norma, ya que su desarrollo reglamentario se ha ido precisando a lo largo de 2025.
Plazos de tramitación
El procedimiento no tiene un plazo de resolución garantizado, aunque la normativa de extranjería prevé con carácter general un plazo máximo de resolución de tres meses, transcurrido el cual, en caso de no haber respuesta, suele operar el silencio administrativo negativo. Estos plazos deben entenderse como orientativos, ya que pueden variar según la carga de trabajo de cada Oficina de Extranjería y la complejidad del expediente.
Errores frecuentes al presentar la oferta de trabajo
- Presentar un contrato sin firma de una de las partes o sin fecha cierta
- Ofrecer una retribución por debajo del salario mínimo o del convenio aplicable
- Que la empresa no acredite actividad real o no esté al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social
- Confundir una oferta de trabajo con una invitación para una entrevista o un proceso de selección aún abierto
- No legalizar o apostillar la documentación argentina que debe surtir efectos en España
Qué hacer si la empresa no sabe cómo iniciar el trámite
Es habitual que empresas españolas que contratan por primera vez a un trabajador extracomunitario desconozcan el procedimiento. En estos casos conviene que el departamento de recursos humanos o la asesoría laboral de la compañía se ponga en contacto con la Oficina de Extranjería competente para confirmar la documentación exigida y el modelo de solicitud vigente, ya que los formularios y requisitos concretos pueden actualizarse tras la entrada en vigor del nuevo reglamento.
Preguntas frecuentes
¿Sirve una carta de intenciones en lugar de un contrato firmado?
No. La Administración exige un contrato de trabajo con los elementos esenciales de la relación laboral, no una simple declaración de interés en contratar.
¿Puede el propio trabajador argentino presentar la solicitud desde Argentina?
No en la fase inicial: la autorización de trabajo la solicita la empresa en España. El trabajador interviene después, al pedir el visado en el consulado correspondiente.
¿Qué ocurre si entro como turista y luego encuentro trabajo en España?
La situación de turista no permite regularizar directamente una oferta de trabajo por esta vía; existen otras figuras, como el arraigo, con requisitos y plazos distintos que conviene valorar por separado.
¿Hay que traducir y legalizar el contrato de trabajo?
El contrato en sí, al redactarse en España, normalmente no requiere traducción; sí suelen necesitarla los documentos aportados desde Argentina, como el certificado de antecedentes penales.
¿El salario puede fijarse en pesos argentinos o debe ser en euros?
Al tratarse de un contrato sujeto a la legislación laboral española, la retribución debe fijarse en euros y respetar los mínimos legales o convencionales vigentes en España.