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Cómo llevar a mi pareja venezolana a España: requisitos y pasos en 2025

Requisitos, pasos y plazos orientativos en 2025 para la reagrupación familiar de parejas venezolanas en España según la Ley de Extranjería.

UUnidad de contenidos — Extranjeria📅 18/07/2025🔄 18/07/2025⏱️ 5 min

Sí es posible llevar a tu pareja venezolana a España en 2025, principalmente a través de la reagrupación familiar si estáis casados o sois pareja de hecho registrada, o mediante la acreditación de una pareja estable con convivencia continuada. El procedimiento exige que la persona residente en España cumpla requisitos de residencia, medios económicos y vivienda adecuada antes de solicitar el visado correspondiente.

¿Qué vía corresponde según tu situación en España?

El camino legal cambia según seas ciudadano español o residente extranjero. Si eres español, tu pareja venezolana puede solicitar una autorización de residencia como familiar de español, un procedimiento regulado de forma más favorable que el régimen general. Si eres residente legal (con autorización temporal o de larga duración), el trámite aplicable es la reagrupación familiar prevista en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 557/2011.

Requisitos para reagrupar a tu pareja

Si estáis casados

El matrimonio debidamente inscrito es la situación más sencilla de acreditar. Deberás presentar el certificado de matrimonio, legalizado y, en su caso, apostillado o traducido, junto con la documentación que acredite tu situación de residencia en España.

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Si sois pareja de hecho

El artículo 17 de la Ley Orgánica 4/2000 reconoce como familiar reagrupable a la persona que mantenga con el residente una relación de afectividad análoga a la conyugal. Esto puede acreditarse de dos formas: mediante la inscripción en un registro público de uniones de hecho (autonómico o municipal), o bien demostrando una convivencia estable y continuada, cuya duración mínima exigida puede variar según el organismo que resuelva el expediente. En ausencia de registro, conviene aportar pruebas documentales sólidas de la vida en común (empadronamiento conjunto, cuentas compartidas, contratos, correspondencia).

Medios económicos y vivienda

El reagrupante debe acreditar ingresos suficientes para mantener a la pareja sin recurrir a prestaciones asistenciales, mediante contrato de trabajo, nóminas o declaración de la renta. También es obligatorio aportar un informe de adecuación de la vivienda, que emite el ayuntamiento del municipio de residencia o, en algunas comunidades autónomas, la propia administración autonómica. Las condiciones exactas de superficie y habitabilidad se fijan en la normativa de cada comunidad autónoma, por lo que conviene consultar con el consistorio correspondiente antes de presentar la solicitud.

Pasos del procedimiento

1. Solicitud de la autorización de residencia en España

El trámite se inicia en España, ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde resida el reagrupante, normalmente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Se aporta toda la documentación personal, económica y de vivienda.

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2. Resolución favorable

Si la Oficina de Extranjería concede la autorización, se notifica al interesado, que deberá comunicarla a su pareja en Venezuela para que inicie el trámite consular.

3. Solicitud del visado en el consulado

La pareja venezolana debe solicitar el visado de reagrupación familiar en la oficina consular española que corresponda a su domicilio. Es importante tener en cuenta que, en los últimos años, las relaciones diplomáticas y consulares entre España y Venezuela han atravesado periodos de suspensión parcial de servicios, lo que en determinados momentos ha obligado a tramitar visados en consulados de terceros países de la región. Conviene verificar directamente en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación qué oficina consular está operativa en cada momento, ya que esta circunstancia puede cambiar.

4. Entrada en España y tarjeta de residencia

Una vez concedido el visado, la pareja dispone de un plazo para entrar en España, tras lo cual debe solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía Nacional o en la Oficina de Extranjería correspondiente a su lugar de residencia.

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Plazos a tener en cuenta

Los plazos de resolución tanto de la autorización en España como del visado en el consulado son variables y dependen de la carga de trabajo de cada oficina, por lo que cualquier cifra debe tomarse como orientativa y conviene confirmarla directamente con la Oficina de Extranjería o el consulado implicado. No existe un plazo garantizado de respuesta que pueda asegurarse de antemano.

¿Qué hacer si no se cumplen los requisitos de reagrupación?

Si la pareja ya se encuentra en España en situación irregular, o si no es posible acreditar la convivencia exigida para la reagrupación, puede valorarse la vía del arraigo (social, familiar o laboral), siempre que se cumplan sus propios requisitos de permanencia y vinculación en España, regulados también en el Reglamento de Extranjería. Esta es una vía distinta, con sus propios plazos y condiciones, y no sustituye automáticamente a la reagrupación familiar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reagrupar a mi pareja si no estamos casados ni inscritos como pareja de hecho?

Es posible si se acredita una convivencia estable y continuada mediante pruebas documentales, aunque la ausencia de inscripción registral puede dificultar la valoración del expediente por parte de la Oficina de Extranjería.

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¿Cuánto tiempo debo llevar residiendo en España antes de iniciar el trámite?

El residente debe contar con una autorización de residencia en vigor y, en general, haber renovado al menos una vez su permiso antes de poder reagrupar, salvo que se trate de residencia de larga duración. Conviene confirmar el requisito concreto aplicable a tu tipo de autorización en la Oficina de Extranjería.

¿Qué ocurre si mi pareja ya está en España como turista?

Entrar como turista no permite cambiar de estatus a reagrupación familiar desde dentro de España en la mayoría de los casos; el visado debe solicitarse normalmente desde el país de origen.

¿Es obligatorio tener contrato de trabajo para demostrar medios económicos?

No es imprescindible un contrato, pero sí hay que acreditar ingresos estables y suficientes mediante la documentación que el organismo competente considere válida, como nóminas, declaraciones fiscales o certificados bancarios.

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¿Dónde se tramita el visado si el consulado español en Venezuela no presta el servicio con normalidad?

Es necesario consultar la información actualizada del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ya que en función del momento puede derivarse la tramitación a otra oficina consular de la región.

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