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Nacionalidad española para peruanos: requisitos y pasos en 2025

Requisitos, plazos y documentos para que un ciudadano peruano obtenga la nacionalidad española por residencia en 2025.

UUnidad de contenidos — Extranjeria📅 18/07/2025🔄 18/07/2025⏱️ 5 min

Un ciudadano peruano puede solicitar la nacionalidad española por residencia tras acreditar dos años de residencia legal y continuada en España, en lugar de los diez años que se exigen con carácter general. Este plazo reducido se aplica porque Perú figura entre los países iberoamericanos a los que el artículo 22 del Código Civil reconoce este beneficio. Además, gracias al convenio de doble nacionalidad entre España y Perú, no es necesario renunciar a la nacionalidad peruana de origen.

Quién puede acogerse al plazo de dos años

El artículo 22.1 del Código Civil establece que bastan dos años de residencia legal para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí. Perú está incluido en esta categoría, por lo que cualquier ciudadano peruano que resida en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante ese periodo puede iniciar el trámite.

Qué significa residencia legal y continuada

La residencia debe estar documentada mediante las correspondientes autorizaciones (tarjetas de residencia, visados de larga duración u otros títulos habilitantes) y debe reflejarse en el empadronamiento municipal. Los periodos en situación irregular no cuentan para el cómputo. Tampoco se considera interrumpida la residencia por ausencias breves y esporádicas del territorio español, pero las salidas prolongadas pueden generar dudas que conviene resolver antes de presentar la solicitud.

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Requisitos adicionales que exige el Código Civil

Además del tiempo de residencia, el artículo 23 del Código Civil impone otros requisitos que se valoran en el expediente:

El examen CCSE y la exención del DELE

El examen de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE), gestionado por el Instituto Cervantes, es obligatorio para prácticamente todos los solicitantes mayores de edad. Al tratarse de un país de habla hispana, los ciudadanos peruanos están exentos del examen DELE de español, ya que se presume acreditado el conocimiento del idioma.

Documentación que suele solicitarse

El expediente de nacionalidad por residencia se tramita de forma electrónica a través de la sede del Ministerio de Justicia, conforme al procedimiento regulado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre. Entre los documentos habituales se encuentran:

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Cómo se presenta la solicitud

La solicitud se tramita de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, donde se aporta la documentación escaneada y se abona la tasa. No es necesario desplazarse físicamente salvo que la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, órgano competente para resolver estos expedientes, requiera alguna subsanación o aclaración adicional.

Qué ocurre después de la concesión

Una vez concedida la nacionalidad mediante resolución del Ministerio de Justicia, el interesado dispone de un plazo para comparecer ante el Registro Civil correspondiente a su domicilio, jurar o prometer fidelidad a la Constitución, renunciar formalmente a su nacionalidad anterior cuando proceda e inscribir el nacimiento y la nacionalidad en el Registro Civil español. En el caso de los ciudadanos peruanos, la renuncia a la nacionalidad de origen es un trámite formal que, por el convenio bilateral de doble nacionalidad entre España y Perú, no implica la pérdida efectiva de la nacionalidad peruana ante las autoridades de ese país.

Plazos orientativos

Los plazos de resolución de estos expedientes varían según la carga de trabajo del Ministerio de Justicia y las circunstancias de cada caso, por lo que no es posible garantizar una duración concreta. Conviene revisar periódicamente el estado del expediente en la sede electrónica y responder con rapidez a cualquier requerimiento de subsanación, ya que la falta de respuesta puede dar lugar al archivo de la solicitud.

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Otras vías menos frecuentes

Aunque la residencia es la vía habitual para los ciudadanos peruanos, existen otros supuestos recogidos en el Código Civil, como la opción a la nacionalidad para quienes estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español, o la nacionalidad por carta de naturaleza, de carácter discrecional y reservada a circunstancias excepcionales apreciadas por el Gobierno. Estas vías son menos comunes y requieren un análisis individualizado.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo la nacionalidad peruana al obtener la española?

No necesariamente. El convenio de doble nacionalidad entre España y Perú permite mantener ambas nacionalidades, por lo que la renuncia que se formaliza ante el Registro Civil español no tiene efectos de pérdida ante las autoridades peruanas.

¿Cuentan los años con tarjeta de estudiante para los dos años de residencia?

La residencia con fines de estudios no siempre se computa igual que la residencia ordinaria a efectos de nacionalidad, por lo que conviene revisar con detalle el tipo de autorización que se ha tenido durante ese periodo antes de presentar la solicitud.

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¿Es obligatorio el examen CCSE para todos los peruanos?

Sí, salvo menores de edad o personas con un grado de discapacidad que les impida realizarlo, acreditado mediante certificado médico. La exención por nacionalidad solo afecta al examen DELE de idioma.

¿Qué pasa si he tenido periodos sin residencia legal en España?

Esos periodos no se computan dentro de los dos años exigidos. Es necesario que la residencia legal sea continuada e inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.

¿Puedo trabajar mientras se tramita el expediente de nacionalidad?

Sí, la tramitación del expediente de nacionalidad no afecta a la autorización de residencia y trabajo que ya se posea, que debe mantenerse vigente y renovarse si procede mientras dura el procedimiento.

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