Si eres argentino y tienes autorización de residencia temporal en España, debes solicitar su renovación dentro de los 60 días naturales anteriores a su fecha de caducidad, acreditando que mantienes los medios económicos y, en su caso, la actividad laboral que dieron lugar a la autorización. Si ya tienes residencia de larga duración, no necesitas renovar la autorización en sí, solo la tarjeta física (TIE) cuando venza. El trámite se presenta ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde resides.
Qué tipo de residencia tienes y por qué importa
Antes de mover un solo papel conviene mirar la tarjeta que tienes en la mano, porque el procedimiento cambia según el tipo de autorización:
Autorización de residencia temporal (inicial o renovada)
Es la que tienen la mayoría de los argentinos que llevan menos de cinco años en España: residencia no lucrativa, residencia por cuenta ajena, residencia y trabajo por cuenta propia, o residencia derivada de arraigo. Esta autorización sí caduca y sí requiere una solicitud expresa de renovación, regulada en el Real Decreto 557/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, concretamente en su artículo 71 para las renovaciones de residencia temporal.
Residencia de larga duración
Se obtiene, con carácter general, tras cinco años continuados de residencia legal en España, conforme a la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esta autorización es indefinida: no hace falta renovarla, aunque sí debes renovar la tarjeta física (TIE) cuando se acerque su fecha de caducidad administrativa, normalmente fijada en cinco años desde su expedición.
Cuándo hay que presentar la solicitud de renovación
La norma establece que la solicitud de renovación de la autorización de residencia temporal debe presentarse durante los 60 días naturales previos a la caducidad de la tarjeta actual. El propio reglamento permite también presentarla dentro de los 90 días naturales posteriores a la caducidad, aunque fuera de ese plazo inicial puede dar lugar a un procedimiento sancionador, sin que ello impida, por sí solo, tramitar la renovación. No conviene esperar al límite: si la documentación está incompleta y hay que subsanar, cuanto antes se presente, más margen tendrás.
Qué hay que acreditar para renovar
Medios económicos suficientes
Para las renovaciones que exigen solvencia económica (residencia no lucrativa, reagrupación, entre otras), la Administración toma como referencia el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que el Gobierno actualiza cada año mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado o, en su defecto, mediante prórroga del anterior. Como el importe exacto puede variar de un ejercicio a otro, antes de reunir la documentación conviene comprobar el valor del IPREM vigente en el momento de presentar la solicitud, en lugar de dar por buena una cifra de años anteriores.
Vida laboral y actividad económica
Si tu residencia está vinculada a un contrato de trabajo, necesitarás el informe de vida laboral actualizado (que emite la Tesorería General de la Seguridad Social) y, si procede, el contrato vigente o una nueva oferta. Si trabajas por cuenta propia, se suele pedir el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el justificante de estar al corriente de pago de cuotas y la última declaración de IRPF o, si aún no toca presentarla, otra prueba de la actividad real del negocio.
Otros documentos habituales
- Pasaporte argentino en vigor, con copia de todas las páginas con sellos.
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Justificante de pago de la tasa correspondiente (modelo 790, código 052), que se abona antes o después de la resolución según indique la propia Oficina de Extranjería.
- Si tienes familiares a cargo incluidos en la autorización, su documentación de identidad y, en su caso, el libro de familia o certificados de parentesco.
Pasos para tramitar la renovación
1. Reunir la documentación con antelación
Empieza a preparar los papeles al menos un mes antes de que se abra el plazo de 60 días, especialmente si necesitas pedir informes a la Seguridad Social o a Hacienda, que a veces tardan en emitirse.
2. Presentar la solicitud
La solicitud se formula mediante el modelo oficial EX-01 (o el que corresponda según el tipo de autorización), que se presenta en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o, cuando se permite, de forma presencial en la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia.
3. Esperar la resolución
Mientras la solicitud está en trámite, el propio reglamento prevé que la presentación en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta que se resuelva el expediente, lo que te permite seguir trabajando y residiendo con normalidad.
4. Renovar la tarjeta física (TIE)
Una vez concedida la renovación, hay que solicitar cita en la comisaría de la Policía Nacional (Unidad de Extranjería y Fronteras) que corresponda a tu domicilio para la toma de huellas y la expedición de la nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Qué pasa si se te pasó el plazo
Si la tarjeta ya caducó y han pasado los 90 días naturales posteriores sin presentar la solicitud, lo razonable es acudir cuanto antes a la Oficina de Extranjería o consultar con un profesional, porque la situación puede derivar en estancia irregular y en la apertura de un expediente sancionador conforme a la Ley Orgánica 4/2000. Cuanto más tiempo pase sin regularizar, más complicada puede resultar la solución, así que no conviene dejarlo pasar por desconocimiento o por miedo a la sanción.
Dónde se presenta y quién resuelve
La competencia para resolver las renovaciones de residencia temporal corresponde a la Oficina de Extranjería de la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia donde tengas tu domicilio habitual. La cita para la TIE, en cambio, la gestiona siempre la Policía Nacional, con independencia de quién haya resuelto la autorización.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar mientras espero la resolución de la renovación?
Si presentaste la solicitud dentro de plazo, tu autorización anterior se considera prorrogada hasta que se resuelva el expediente, por lo que en principio puedes seguir trabajando con normalidad.
¿Necesito volver a demostrar arraigo si renuevo una residencia por arraigo?
Depende del tipo de arraigo concedido inicialmente y de las condiciones fijadas en esa resolución; conviene revisar los requisitos concretos de tu autorización antes de reunir la documentación.
¿Qué pasa si cambié de provincia desde la última renovación?
La solicitud debe presentarse ante la Oficina de Extranjería correspondiente a tu domicilio actual, así que primero hay que actualizar el empadronamiento en el nuevo municipio.
¿La residencia de larga duración caduca alguna vez?
La autorización como tal es indefinida, pero la tarjeta física tiene una fecha de caducidad administrativa y debe renovarse periódicamente, sin que ello afecte al estatuto de residente permanente.
¿Puedo salir de España mientras tramito la renovación?
Es un aspecto delicado porque una ausencia prolongada puede afectar a la continuidad de la residencia; antes de viajar conviene comprobar tu situación concreta en la Oficina de Extranjería.