Si has agotado tus 90 días de estancia como turista o llevas tiempo viviendo aquí sin autorización, lo primero es saber que cómo regularizar a un extranjero ilegal en España es una pregunta con respuestas concretas: la normativa prevé varias vías de residencia por circunstancias excepcionales (los distintos tipos de arraigo), además de opciones específicas que benefician a los nacionales argentinos, como el acceso más rápido a la nacionalidad española por residencia. En este artículo te explico qué opciones existen, qué requisitos y documentación se exigen, ante qué organismo se tramita y en qué orden conviene moverse.
Primero: qué significa estar en situación irregular y qué riesgos hay
Estar en situación irregular (el término legal, no "ilegal") significa permanecer en territorio español sin autorización de estancia o residencia en vigor, ya sea porque has superado los 90 días de estancia autorizada, porque entraste sin cumplir los requisitos o porque tu tarjeta caducó y no se renovó.
La Ley Orgánica 4/2000 (LOEX) tipifica la estancia irregular como infracción grave (artículo 53.1.a). La consecuencia prevista puede ser multa o, en su caso, expulsión con prohibición de entrada, según el artículo 57 y siguientes. Ser irregular no es un delito, pero sí una situación sancionable, por lo que conviene no dejar pasar el tiempo sin preparar una vía de regularización.
La vía más habitual: los arraigos del Reglamento de Extranjería
El Real Decreto 1155/2024, que aprueba el nuevo Reglamento de la LOEX y está en vigor desde el 20 de mayo de 2025, reordenó las figuras de arraigo. El requisito común es acreditar permanencia continuada en España durante dos años (antes eran tres en el arraigo social), admitiéndose ausencias limitadas dentro de ese periodo, y no tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido en los últimos años.
Arraigo social
Pensado para quien acredita esos dos años de permanencia y medios económicos suficientes propios o aportados por un familiar conviviente, sin necesidad de contrato de trabajo. Se valora la integración (informe o certificado autonómico, cursos, empadronamiento, vínculos familiares).
Arraigo sociolaboral
Requiere los dos años de permanencia y una oferta o contrato de trabajo que cumpla las condiciones exigidas: jornada y retribución no inferiores a las de convenio y al salario mínimo interprofesional en proporción a la jornada. Es la vía típica de quien ya tiene un empleador dispuesto a contratarle.
Arraigo socioformativo
Dirigido a quien acredita los dos años y se matricula en una formación reglada, de formación profesional o conducente a certificado de profesionalidad. Permite compatibilizar estudios y, en los términos del Reglamento, trabajo.
Arraigo familiar
Sin exigir los dos años de permanencia. Se aplica, entre otros supuestos, a progenitores de menor español a cargo, a hijos de padre o madre originariamente españoles y a familiares de españoles no incluidos en el régimen de la Unión Europea. Es una vía rápida cuando existe vínculo con nacional español.
Arraigo de segunda oportunidad
Para quien tuvo una autorización de residencia en España en los años inmediatamente anteriores y la perdió (por ejemplo, por no renovar a tiempo), permitiéndole recuperar la regularidad sin volver a empezar de cero.
Opciones específicas que interesan a los argentinos
- Nacionalidad española por residencia en 2 años. El artículo 22.1 del Código Civil reduce a dos años el plazo de residencia legal y continuada para nacionales de países iberoamericanos, Argentina incluida. Ojo: el tiempo en situación irregular no cuenta; el cómputo empieza con la residencia legal.
- Doble nacionalidad. Existe convenio de doble nacionalidad entre España y Argentina, por lo que, en los términos previstos, no es preciso perder la nacionalidad argentina.
- Descendencia española. Si tienes padre o madre español de origen, o abuelos españoles, conviene revisar antes las vías de nacionalidad (por opción o por posesión de estado) o el arraigo familiar, porque pueden ser más ventajosas que un arraigo ordinario. El plazo extraordinario de la Ley 20/2022 (Memoria Democrática) ya finalizó, pero subsisten los supuestos ordinarios del Código Civil.
- Familiar de ciudadano de la UE. Si tu cónyuge o pareja registrada es española o de otro Estado de la UE (situación frecuente por la doble ciudadanía italiana en Argentina), la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión del Real Decreto 240/2007 puede solicitarse estando en España, incluso desde la irregularidad.
- Apostilla de La Haya. Argentina es parte del Convenio de 1961, por lo que tus certificados (nacimiento, antecedentes penales, matrimonio) se legalizan con apostilla, sin necesidad de legalización consular.
Existen además autorizaciones de residencia por razones humanitarias y para víctimas de violencia de género, de trata o de determinados delitos, así como la protección internacional (Ley 12/2009), que solo procede si concurren motivos reales de persecución o daño grave y no debe usarse como atajo administrativo.
Documentación habitual en una solicitud de arraigo
- Formulario oficial EX-10 y tasa de tramitación (modelo 790, código 052), de cuantía orientativa y actualizable.
- Pasaporte argentino completo y en vigor (y copia de todas las páginas), incluido el sello de entrada si entraste por frontera Schengen.
- Certificado de empadronamiento y documentación que pruebe la permanencia: informes médicos, tarjeta sanitaria, matrículas escolares, transferencias, contratos de alquiler, facturas.
- Certificado de antecedentes penales argentino (y de otros países de residencia en los últimos años), traducido y apostillado, con vigencia limitada desde su expedición.
- Según la modalidad: contrato u oferta de trabajo, acreditación de medios económicos, matrícula formativa, informe de integración o certificado de arraigo autonómico, y documentación del vínculo familiar (certificados literales).
Organismo competente, presentación y plazos
La competencia corresponde a la Oficina de Extranjería de la provincia donde resides, integrada en la Delegación o Subdelegación del Gobierno; el informe de integración o el certificado de arraigo lo emite la comunidad autónoma o el ayuntamiento. La presentación se realiza preferentemente por vía electrónica en la sede del Ministerio (plataforma Mercurio), normalmente a través de representante con certificado digital.
El plazo máximo legal para resolver estas autorizaciones por circunstancias excepcionales es de tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente; si no hay notificación, la ley prevé el silencio desestimatorio, sin que ello permita anticipar tiempos reales de tramitación, que varían por provincia. Concedida la autorización, dispones de un mes para solicitar la tarjeta (TIE) con cita en Policía Nacional, aportando fotografía y huellas. Si hay alta en Seguridad Social exigible, debe realizarse en el plazo reglamentario.
Pasos prácticos si hoy estás irregular
- Empadrónate cuanto antes: el padrón es la prueba principal de permanencia y no exige situación regular.
- Conserva pruebas fechadas de tu vida en España desde tu llegada, mes a mes.
- Evita salidas prolongadas del territorio, porque pueden romper la continuidad exigida.
- Pide los certificados de Argentina con antelación: penales, nacimiento y, si aplica, matrimonio, ya apostillados.
- Elige la vía correcta antes de solicitar: una denegación mal planteada consume tiempo y tasas, y puede coincidir con un expediente sancionador.
- Si recibes una notificación de expediente de expulsión o devolución, actúa de inmediato: hay plazos breves de alegaciones y recurso.
Cada expediente depende de la fecha de entrada, de las pruebas disponibles y de los vínculos familiares, por lo que conviene revisar el caso con detalle y con la normativa vigente delante antes de presentar nada.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años necesito estar en España para pedir el arraigo siendo argentino?
Con el Real Decreto 1155/2024, la regla general es dos años de permanencia continuada para el arraigo social, sociolaboral y socioformativo. El arraigo familiar no exige ese periodo cuando concurre el vínculo previsto.
Si entré como turista y me quedé, ¿puedo regularizarme sin volver a Argentina?
Sí. Las autorizaciones por circunstancias excepcionales, como los arraigos, están precisamente diseñadas para solicitarse desde España, sin necesidad de visado ni de regreso al país de origen.
¿Me puedo casar o registrar como pareja de hecho estando irregular?
La situación administrativa no impide contraer matrimonio ni, con carácter general, inscribirse como pareja de hecho cumpliendo los requisitos del registro correspondiente. Si el cónyuge o pareja es español o de la UE, se abre la vía del Real Decreto 240/2007.
¿El tiempo en irregularidad cuenta para la nacionalidad española en 2 años?
No. El artículo 22 del Código Civil exige residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. El plazo abreviado de dos años para argentinos empieza a contar desde que tienes autorización de residencia en vigor.
¿Qué pasa si ya tengo una orden de expulsión?
Debe analizarse si es firme, si sigue vigente la prohibición de entrada y si cabe recurso o revisión. Existir una resolución de expulsión no impide siempre solicitar una autorización, pero condiciona la estrategia, por lo que es prioritario revisar el expediente completo.