Si vives en Sant Adrià de Besòs y quieres traer a tu familia a España, necesitas conocer cómo funciona el proceso de reagrupación familiar en la oficina de extranjería que corresponde a tu municipio. Este trámite permite que tus familiares más cercanos obtengan un permiso de residencia legal para vivir contigo en territorio español.
Sant Adrià de Besòs pertenece a la provincia de Barcelona, por lo que los trámites de extranjería se gestionan a través de la Oficina de Extranjería de Barcelona o mediante las comisarías de Policía Nacional habilitadas en la zona metropolitana. En este artículo encontrarás toda la información práctica para completar tu solicitud de reagrupación familiar.
¿Qué es la reagrupación familiar?
La reagrupación familiar es un derecho que permite a los extranjeros residentes legales en España traer a sus familiares directos para que vivan con ellos. Este procedimiento está regulado por la Ley de Extranjería y permite reunir a la familia de forma legal y ordenada.
Este derecho reconoce la importancia de la unidad familiar y facilita que las personas que ya tienen autorización de residencia en España puedan vivir junto a su cónyuge, hijos menores, padres mayores o hijos adultos con discapacidad.
¿Quién puede solicitar la reagrupación familiar?
Para solicitar la reagrupación familiar desde Sant Adrià de Besòs, debes cumplir estos requisitos como reagrupante:
- Tener tarjeta de residencia en vigor (inicial o de larga duración)
- Residir legalmente en España durante al menos 1 año y tener autorización para residir al menos otro año más
- Contar con medios económicos suficientes para mantener a la familia
- Disponer de vivienda adecuada en Sant Adrià de Besòs o provincia de Barcelona
- No tener antecedentes penales en España ni en países anteriores de residencia
Familiares que puedes reagrupar
Según la normativa de extranjería España, puedes reagrupar a:
- Cónyuge o pareja de hecho registrada oficialmente
- Hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad
- Padres y madres mayores de 65 años o con razones humanitarias
- En casos especiales, hermanos o tutores del reagrupante menor de edad
Documentación necesaria para la reagrupación familiar
Para presentar tu solicitud de reagrupación familiar necesitarás reunir esta documentación:
Documentos del reagrupante (tú)
- Formulario oficial de solicitud (modelo EX-02) cumplimentado
- Copia completa del pasaporte en vigor
- Copia de tu tarjeta de residencia (TIE)
- Justificante de medios económicos: nóminas, contratos de trabajo, declaración de la renta, certificado bancario
- Certificado de empadronamiento en Sant Adrià de Besòs actualizado
- Título de propiedad o contrato de alquiler de vivienda
- Informe de idoneidad de vivienda (Cédula de Habitabilidad en Cataluña)
- Certificado de antecedentes penales
Documentos del familiar reagrupado
- Copia completa del pasaporte válido
- Certificado de nacimiento, matrimonio o pareja de hecho (según corresponda)
- Certificado de antecedentes penales del país de origen
- Todos los documentos extranjeros deben estar apostillados y traducidos oficialmente al español o catalán
Dónde presentar la solicitud en Sant Adrià de Besòs
Los residentes en Sant Adrià de Besòs deben presentar su solicitud de reagrupación familiar en:
Oficina de Extranjería de Barcelona
Rambla de Guipúscoa, 74
08020 Barcelona
O bien en:
Comisaría de Policía Nacional con servicio de extranjería más cercana, como la ubicada en:
Badalona - Carrer del Mar, 74
08911 Badalona
Cómo pedir cita previa extranjería
Es obligatorio solicitar cita previa extranjería antes de acudir. Puedes hacerlo por:
- Internet: En la web oficial de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, seleccionando provincia Barcelona y el trámite "Reagrupación Familiar"
- Teléfono: Llamando al 060 (atención en varios idiomas)
Recuerda llevar todos los documentos originales y copias el día de tu cita.
Requisitos económicos: ¿cuánto dinero necesitas?
Debes demostrar ingresos suficientes para mantener a tu familia. La cantidad exacta depende del número de personas:
- Para reagrupar 1 familiar: 150% del IPREM mensual (aproximadamente 900€/mes en 2026)
- Por cada familiar adicional: añadir 50% del IPREM (unos 300€/mes más)
- Para ascendientes: necesitas demostrar el 150% del IPREM adicional por cada uno
Estos ingresos pueden provenir de trabajo por cuenta ajena, actividad por cuenta propia, pensiones o rentas.
Coste de las tasas de reagrupación familiar
Los costes del procedimiento incluyen:
- Tasa Modelo 790 Código 052: Aproximadamente 10,71€ por la tramitación inicial
- Visado de reagrupación: Entre 60-80€ por persona (se paga en el consulado español del país de origen)
- TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero): 15,76€ cuando el familiar llegue a España
- Apostilla y traducciones: Variable según país (entre 50-200€)
Plazos de resolución del trámite
El plazo legal de resolución es de 90 días hábiles (aproximadamente 4 meses) desde la presentación completa de la documentación. Si pasado este tiempo no recibes respuesta, se considera silencio administrativo negativo, lo que significa que la solicitud ha sido denegada.
Una vez aprobada, tu familiar tiene 2 meses para solicitar el visado España en el consulado español de su país, y 1 mes desde la entrada en España para solicitar la tarjeta de residencia.
¿Qué hacer si deniegan la reagrupación familiar?
Si recibes una resolución negativa, tienes varias opciones:
1. Recurso de reposición
Puedes presentar un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de 1 mes desde la notificación. Este recurso es gratuito y permite corregir errores o aportar documentación adicional.
2. Recurso contencioso-administrativo
Si el recurso de reposición es denegado, puedes acudir a la vía judicial presentando un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de 2 meses. Para esto se recomienda contar con abogados extranjería especializados.
3. Nueva solicitud
Puedes presentar una nueva solicitud corrigiendo las deficiencias que motivaron la denegación inicial.
Consejos prácticos para tu solicitud en Sant Adrià de Besòs
- Revisa todos los documentos antes de la cita: que estén traducidos, apostillados y en vigor
- Actualiza tu empadronamiento en Sant Adrià de Besòs antes de solicitar la cita
- Guarda copias de toda la documentación presentada
- Verifica los ingresos: asegúrate de cumplir los requisitos económicos mínimos
- Consulta el estado de tu expediente online con tu número de registro
- Si trabajas por cuenta propia, aporta declaraciones trimestrales de IVA e IRPF
- Considera asesoramiento profesional si tu caso es complejo
Otros trámites de extranjería relacionados
Además de la reagrupación familiar, la Oficina de Extranjería de Barcelona gestiona otros procedimientos importantes:
- Arraigo social: para obtener residencia por vínculos laborales y familiares en España
- Renovación TIE: cuando tu tarjeta de residencia está próxima a caducar
- Autorización de trabajo: para poder trabajar legalmente
- NIE: Número de Identidad de Extranjero necesario para muchos trámites
- Nacionalidad española: tras cumplir los años de residencia legal requeridos
Preguntas frecuentes sobre reagrupación familiar en Sant Adrià de Besòs
¿Puedo reagrupar a mi pareja sin estar casados?
Sí, puedes reagrupar a tu pareja si tienen una unión de hecho registrada oficialmente antes de la solicitud. Debe estar inscrita en el Registro de Parejas de Hecho correspondiente (en Cataluña es el Registre de Parelles Estables de Catalunya). No es válida una simple convivencia sin registro oficial.
¿Cuánto tiempo tengo que esperar para reagrupar a mi familia?
Debes haber residido legalmente en España durante al menos 1 año y tener autorización para residir al menos 1 año más. Es decir, si tienes una residencia inicial de 2 años, puedes solicitar la reagrupación después del primer año.
¿Puedo trabajar en España con la tarjeta de reagrupación familiar?
Depende del tipo. La reagrupación familiar en régimen general (si el reagrupante tiene residencia y trabajo) permite trabajar automáticamente. Si el reagrupante tiene solo residencia sin trabajo, el reagrupado necesitará solicitar una autorización de trabajo adicional tras un año de residencia.
¿Qué pasa si me cambian de trabajo durante el trámite?
Debes notificarlo a la oficina de extranjería y actualizar la documentación sobre tus medios económicos. Si el nuevo trabajo cumple también los requisitos económicos mínimos, no debería afectar negativamente. Presenta nuevas nóminas y contrato actualizado.
¿Puedo reagrupar a mis padres si tienen menos de 65 años?
Sí, es posible en casos excepcionales por razones humanitarias, como dependencia económica grave, enfermedad, discapacidad o situación de especial necesidad. Deberás aportar documentación médica, social o económica que justifique esta dependencia y la imposibilidad de que se mantengan por sí mismos en su país de origen.