Un ciudadano costarricense puede solicitar la nacionalidad española por residencia tras haber vivido en España de forma legal y continuada durante dos años, en lugar de los diez años exigidos con carácter general. Este plazo reducido existe porque Costa Rica figura entre los países iberoamericanos a los que el artículo 22 del Código Civil reconoce un trato preferente. Además del tiempo de residencia, es necesario acreditar buena conducta cívica y un grado suficiente de integración en la sociedad española.
Importante: este artículo explica el marco general aplicable en 2025. Cada expediente tiene matices (menores, descendientes de españoles, situaciones de residencia previa irregular) que conviene valorar de forma individual antes de presentar la solicitud.
Por qué Costa Rica tiene un plazo reducido de residencia
El artículo 22.1 del Código Civil español establece que bastan dos años de residencia legal para que los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí puedan solicitar la nacionalidad por residencia. Costa Rica queda comprendida dentro de esta categoría en su condición de país iberoamericano, por lo que sus ciudadanos no necesitan esperar el plazo general de diez años que se aplica a la mayoría de nacionalidades.
Ese periodo de dos años debe ser legal, continuado e inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Esto significa que las interrupciones prolongadas fuera de España, o los periodos de estancia irregular, pueden afectar al cómputo y conviene revisarlos antes de iniciar el trámite.
Requisitos generales que debe cumplir el solicitante
Además del plazo de residencia, la ley exige una serie de condiciones comunes a todas las solicitudes de nacionalidad por residencia, recogidas en los artículos 21 y 22 del Código Civil y desarrolladas en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre.
Mayoría de edad o emancipación
El solicitante debe ser mayor de 18 años o estar legalmente emancipado. En el caso de menores o personas con la capacidad judicialmente modificada, la solicitud debe tramitarla su representante legal.
Buena conducta cívica
Se exige carecer de antecedentes penales tanto en España como en Costa Rica. Esto se acredita mediante certificados de antecedentes penales españoles y costarricenses, debidamente apostillados y traducidos cuando proceda, con una vigencia limitada que suele rondar los tres meses desde su expedición.
Grado de integración en la sociedad española
Es necesario superar la prueba CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España), que organiza el Instituto Cervantes. Dado que el español es idioma oficial en Costa Rica, los solicitantes de esta nacionalidad quedan generalmente exentos de la prueba de idioma DELE, conforme a las exenciones previstas en el Real Decreto 1004/2015, pero no suelen quedar exentos de la prueba CCSE salvo en los supuestos de edad o discapacidad que la propia normativa contempla.
Documentación necesaria para presentar la solicitud
- Pasaporte costarricense en vigor y, en su caso, tarjeta de identidad de extranjero (TIE)
- Certificado de nacimiento costarricense, legalizado o apostillado y traducido
- Certificado de antecedentes penales de Costa Rica y de España
- Certificado de empadronamiento histórico que acredite la residencia continuada
- Justificante de superación de la prueba CCSE
- Justificante del pago de la tasa correspondiente
- Documentación acreditativa de medios de vida o situación laboral
Toda la documentación emitida en Costa Rica debe presentarse apostillada, conforme al Convenio de La Haya de 1961, y traducida al español cuando el documento original no esté redactado en este idioma.
Cómo y dónde se presenta la solicitud
La solicitud se tramita de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, órgano del que depende la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, encargada de resolver los expedientes de nacionalidad por residencia. Es imprescindible disponer de certificado digital, Cl@ve o de la asistencia de un representante autorizado para realizar la presentación.
El pago de la tasa se realiza mediante el modelo 790, código 026. Su importe se actualiza periódicamente por el Ministerio de Justicia, por lo que conviene consultar la cuantía vigente en el momento de presentar la solicitud en lugar de dar por válida una cifra fija.
Plazos del procedimiento
El Reglamento de nacionalidad por residencia (Real Decreto 1004/2015) establece un plazo máximo de un año para que la Administración resuelva de forma expresa el expediente, contado desde la fecha de presentación de la solicitud completa. Si transcurrido ese plazo no hay resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo negativo, lo que permite al interesado recurrir esa denegación presunta.
Estos plazos son orientativos y pueden variar según la carga de trabajo de la Administración y la complejidad de cada expediente, por lo que no deben tomarse como una garantía de resolución en un tiempo determinado.
Qué ocurre tras la concesión
Una vez concedida la nacionalidad, el interesado dispone de un plazo de ciento ochenta días para comparecer ante el Registro Civil correspondiente a su domicilio y prestar el juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, conforme al artículo 23 del Código Civil. Solo tras este acto queda inscrita la nacionalidad y se puede solicitar el documento nacional de identidad español y el pasaporte.
Qué hacer si la solicitud es denegada
Frente a una resolución denegatoria, cabe interponer recurso de reposición ante el propio órgano que dictó la resolución o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa. Es recomendable revisar con detalle los motivos de la denegación, ya que en ocasiones responden a documentación incompleta o a defectos subsanables en el cómputo de la residencia.
Preguntas frecuentes
¿Un costarricense necesita renunciar a su nacionalidad de origen?
No. Costa Rica se encuentra entre los países iberoamericanos con los que España permite la doble nacionalidad, por lo que no es necesario renunciar a la nacionalidad costarricense al adquirir la española.
¿Cuenta el tiempo de estancia como estudiante para los dos años de residencia?
La residencia debe ser legal, pero la valoración de periodos de estancia por estudios puede variar según el caso concreto. Conviene revisar la situación personal antes de presentar la solicitud.
¿Es obligatorio presentar un abogado para tramitar la nacionalidad?
No es obligatorio, aunque contar con asesoramiento ayuda a evitar errores en la documentación y en el cómputo de los plazos de residencia.
¿Qué validez tiene el certificado de antecedentes penales costarricense?
Debe estar apostillado y, por lo general, presentarse dentro de un plazo reciente desde su expedición, ya que estos certificados tienen una vigencia limitada a efectos administrativos.
¿Se puede trabajar en España mientras se tramita el expediente de nacionalidad?
Sí, siempre que se mantenga la situación de residencia legal vigente, ya que la tramitación de la nacionalidad no sustituye a la autorización de residencia o trabajo que corresponda.