Sí, un deportista chileno puede residir y trabajar legalmente en España si firma un contrato con un club, federación o entidad deportiva española, solicitando la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena vinculada a la actividad deportiva. No existe un visado llamado literalmente "prácticas deportivas": el cauce legal es la autorización de residencia y trabajo del régimen general de extranjería, con particularidades propias de los deportistas profesionales.
Qué autorización se solicita realmente
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 557/2011, regulan las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena. Dentro de esta figura general se encuadra la contratación de deportistas, entrenadores y técnicos por parte de entidades deportivas españolas legalmente constituidas. No es, por tanto, un permiso de estudiante en prácticas, sino una autorización de trabajo con residencia asociada, condicionada a la existencia de un contrato laboral real.
Requisitos que debe cumplir el deportista chileno
El contrato con la entidad deportiva
El club o federación debe ofrecer un contrato de trabajo ajustado a la legislación laboral española y, en su caso, al convenio colectivo del deporte profesional correspondiente. El contrato debe especificar la duración, la retribución y las funciones concretas, y debe estar firmado antes de iniciar el trámite ante la Oficina de Extranjería competente.
La exención de la situación nacional de empleo
Normalmente, antes de contratar a un extranjero se comprueba si existen trabajadores disponibles en España para ese puesto (la llamada situación nacional de empleo). El Reglamento de la Ley de Extranjería prevé supuestos exentos de esa comprobación, entre los que se incluyen determinados perfiles deportivos y técnicos cuando la entidad deportiva acredita la singularidad de la actividad. Esta exención agiliza el trámite, pero su aplicación concreta depende de cómo se documente el caso ante la administración, por lo que conviene prepararla con detalle junto al club contratante.
Medios económicos, antecedentes y seguro
Como en cualquier autorización de residencia, se exige acreditar carencia de antecedentes penales en Chile y en los países de residencia previa durante los últimos cinco años, no encontrarse en situación irregular en España si ya se está en el país, y disponer de cobertura sanitaria, habitualmente a través del régimen de Seguridad Social derivado del propio contrato laboral.
Documentación habitual para la solicitud
- Pasaporte chileno en vigor.
- Contrato de trabajo firmado por el club o entidad deportiva.
- Certificado de antecedentes penales chileno, legalizado o apostillado y traducido si procede.
- Acreditación de la capacidad económica y de la solvencia de la entidad empleadora.
- Formulario de solicitud de autorización de residencia y trabajo cumplimentado por la empresa o entidad deportiva.
Pasos del procedimiento
Primera fase: solicitud en España
La entidad deportiva, normalmente a través de un representante o gestoría, presenta la solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde vaya a desarrollarse la actividad. En función del perfil y la entidad, algunos expedientes pueden tramitarse a través de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos cuando el club tiene reconocida esa condición.
Segunda fase: visado en el Consulado
Una vez concedida la autorización en España, el deportista debe solicitar el visado de residencia correspondiente en el Consulado General de España en Santiago de Chile, aportando la resolución favorable y la documentación que el propio consulado le requiera.
Tercera fase: entrada y tarjeta de identidad de extranjero
Tras recoger el visado, el deportista debe entrar en España dentro del plazo de validez del mismo y solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes desde su entrada, en la oficina de extranjería o comisaría de policía que le corresponda por domicilio.
Plazos orientativos
El Reglamento de la Ley de Extranjería establece, con carácter general, un plazo máximo de tres meses para resolver las solicitudes de autorización inicial de residencia y trabajo, transcurrido el cual el silencio administrativo se considera negativo. Estos plazos son orientativos y pueden variar según la carga de trabajo de cada oficina, por lo que conviene iniciar los trámites con suficiente antelación respecto a la fecha prevista de incorporación al club.
Qué ventajas concretas tiene ser chileno en este trámite
España y Chile mantienen un convenio de seguridad social que permite totalizar periodos de cotización entre ambos países, lo que puede resultar relevante para la carrera deportiva y posteriores prestaciones. Además, Chile forma parte de los países iberoamericanos a los que el artículo 22 del Código Civil reconoce un plazo reducido de dos años de residencia legal para poder solicitar la nacionalidad española, frente a los diez años generales. Esto no acelera el permiso de trabajo deportivo en sí, pero sí resulta relevante si el objetivo final del deportista es asentarse de forma permanente en España.
Qué hacer si la solicitud es denegada
Si la Oficina de Extranjería deniega la autorización, cabe interponer recurso de reposición ante el mismo órgano o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, dentro de los plazos legales que se indiquen en la propia resolución. Conviene revisar con cuidado la motivación de la denegación, ya que en la mayoría de los casos se debe a defectos en el contrato, en la acreditación de la exención de la situación nacional de empleo o en la documentación personal aportada.
Preguntas frecuentes
¿El club español necesita algún informe previo del organismo deportivo?
En muchos casos la entidad deportiva debe acompañar documentación que acredite su inscripción oficial y, según la disciplina, informes o certificados de la federación correspondiente que respalden la necesidad de la contratación.
¿Cuánto dura la autorización una vez concedida?
Su duración suele vincularse a la del contrato de trabajo presentado, dentro de los límites que marca el régimen general de autorizaciones por cuenta ajena, y es renovable si continúa la relación laboral con la entidad deportiva.
¿Puede la familia acompañar al deportista desde el principio?
Es posible solicitar de forma simultánea o posterior la reagrupación familiar para cónyuge e hijos, siempre que se acrediten medios económicos suficientes y vivienda adecuada, conforme a las reglas generales de reagrupación familiar.
¿Qué ocurre si el deportista cambia de club durante la vigencia del permiso?
Un cambio de empleador implica, por lo general, comunicar la modificación a la Oficina de Extranjería y, según el caso, tramitar una nueva autorización o una modificación de la existente, ya que el permiso está vinculado a la actividad y entidad concretas.
¿Es este trámite más sencillo para un chileno que para otras nacionalidades?
El procedimiento de autorización de trabajo es el mismo régimen general para la mayoría de extranjeros no comunitarios, pero los acuerdos bilaterales entre España y Chile en materia de seguridad social y los plazos reducidos para la nacionalidad suponen ventajas adicionales a medio plazo para los deportistas chilenos que deciden instalarse en España.