Un ciudadano peruano no puede solicitar directamente un pasaporte español: primero debe obtener la nacionalidad española. El camino más habitual es la nacionalidad por residencia, que para los peruanos tiene un plazo reducido de dos años de residencia legal en España, gracias al artículo 22.1 del Código Civil. Una vez concedida la nacionalidad e inscrita en el Registro Civil, el pasaporte se solicita en cualquier comisaría de la Policía Nacional con cita previa.
Por qué el plazo de residencia es de dos años y no de diez
El artículo 22 del Código Civil establece como regla general diez años de residencia legal y continuada en España para optar a la nacionalidad por residencia. Sin embargo, el mismo artículo prevé plazos reducidos para determinados colectivos. Los nacionales de origen de países iberoamericanos, entre ellos Perú, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, o las personas sefardíes, solo necesitan acreditar dos años de residencia legal continuada. Este plazo puede reducirse aún más, a un año, en supuestos específicos como el matrimonio con una persona española, ser viudo o viuda de español, o haber nacido en territorio español, entre otros recogidos en el mismo precepto.
La residencia debe ser legal, es decir, amparada por una autorización vigente (trabajo, residencia no lucrativa, reagrupación familiar, etc.) y continuada, sin interrupciones significativas, hasta el momento de presentar la solicitud.
Requisitos además del tiempo de residencia
El tiempo de residencia es necesario pero no suficiente. El artículo 22 del Código Civil exige también acreditar buena conducta cívica y un grado de integración suficiente en la sociedad española. En la práctica, esto se traduce en dos pruebas que organiza el Instituto Cervantes:
- CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España): obligatoria para todos los solicitantes, con independencia de su país de origen.
- DELE A2 o superior: acredita el conocimiento del idioma español, pero los nacionales de países cuyo idioma oficial es el español, como Perú, están exentos de este examen.
También se exige un certificado de antecedentes penales del país o países en los que se haya residido en los últimos cinco años, debidamente legalizado o apostillado y traducido si procede.
¿Hay que renunciar a la nacionalidad peruana?
El artículo 23 del Código Civil exige, con carácter general, que la persona que adquiere la nacionalidad española declare renunciar a su nacionalidad anterior. No obstante, el propio Código Civil excepciona de esta exigencia a los naturales de países iberoamericanos. En la práctica, los peruanos realizan esa declaración formal en el expediente, pero no pierden su nacionalidad de origen, entre otras razones porque España y Perú mantienen un convenio bilateral de doble nacionalidad. El resultado habitual es que la persona conserva ambas nacionalidades.
Cómo se tramita la nacionalidad: pasos del procedimiento
1. Reunir la documentación y presentar la solicitud
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1004/2015, la solicitud de nacionalidad por residencia se presenta de forma electrónica a través de la sede del Ministerio de Justicia. Es necesario adjuntar, entre otros documentos, el certificado de empadronamiento histórico, el certificado de antecedentes penales de España y de Perú, el justificante de superación del CCSE, y el justificante de pago de la tasa correspondiente.
2. Pago de la tasa
La solicitud está sujeta a una tasa que se liquida mediante el modelo 790, código 026. Su importe ronda los 100 euros, aunque esta cifra es orientativa y conviene comprobarla en el propio modelo oficial en el momento de presentar el expediente, ya que puede actualizarse.
3. Resolución del expediente
El Real Decreto 1004/2015 fija un plazo máximo de un año para resolver desde que la solicitud tiene entrada completa en el Ministerio de Justicia. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, el Código Civil permite entender la solicitud desestimada por silencio administrativo, lo que no impide que posteriormente se dicte una resolución expresa, favorable o desfavorable.
4. Jura o promesa ante el Registro Civil
Una vez concedida la nacionalidad mediante resolución, es obligatorio comparecer en el plazo fijado en la propia resolución ante el Registro Civil o ante un notario para jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, renunciar formalmente a la nacionalidad anterior en los términos ya explicados, e inscribir el nacimiento y la nacionalidad en el Registro Civil correspondiente al domicilio.
5. Solicitud del DNI y del pasaporte
Con la inscripción en el Registro Civil ya practicada, la persona es oficialmente española y puede solicitar su primer DNI y su pasaporte español en cualquier comisaría de la Policía Nacional que preste el servicio de expedición de documentación (DNI y pasaportes), siempre con cita previa a través de la sede electrónica de la Dirección General de la Policía. Es habitual tramitar ambos documentos el mismo día.
Qué hacer si la solicitud se demora o es denegada
Si transcurre el plazo de un año sin respuesta, es posible acudir a la vía del silencio administrativo negativo para, si se desea, recurrir esa desestimación presunta. Si la resolución es expresa y deniega la nacionalidad, cabe interponer recurso de reposición ante el propio Ministerio de Justicia o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, dentro de los plazos legales aplicables. Es recomendable revisar con detalle los motivos de la denegación, ya que suelen referirse a defectos de acreditación de la residencia continuada, antecedentes penales no aportados correctamente o falta de superación de las pruebas del Instituto Cervantes.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años hay que vivir en España siendo peruano para pedir la nacionalidad?
Con carácter general, dos años de residencia legal y continuada, conforme al artículo 22.1 del Código Civil, que reduce el plazo general de diez años para los nacionales de países iberoamericanos.
¿Puedo tener la nacionalidad peruana y la española a la vez?
Sí. Aunque el expediente incluye una declaración formal de renuncia a la nacionalidad anterior, los nacionales de países iberoamericanos están exceptuados de perderla realmente, y existe además un convenio de doble nacionalidad entre España y Perú.
¿Tengo que examinarme de español siendo peruano?
No del DELE, ya que el español es idioma oficial en Perú. Sí es obligatorio superar el examen CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales, igual que el resto de solicitantes.
¿Dónde se pide el pasaporte una vez concedida la nacionalidad?
En cualquier comisaría de la Policía Nacional que gestione documentación (DNI y pasaportes), solicitando cita previa a través de la sede electrónica de la Dirección General de la Policía, una vez inscrita la nacionalidad en el Registro Civil.
¿Qué pasa si no me contestan la solicitud de nacionalidad en un año?
El Código Civil permite entender la solicitud desestimada por silencio administrativo transcurrido el plazo máximo de un año, lo que habilita a recurrir esa desestimación presunta, sin perjuicio de que después se dicte una resolución expresa.