Un ciudadano argentino puede solicitar la nacionalidad española tras dos años de residencia legal y continuada en España, un plazo reducido frente a los diez años generales gracias a la condición de país iberoamericano, conforme al artículo 22.1 del Código Civil. Además de esta vía, existen otras posibilidades como la opción por ascendencia española, cada una con requisitos y plazos distintos.
Vías para obtener la nacionalidad española siendo argentino
El Código Civil español regula tres caminos principales por los que un argentino puede llegar a ser español: la nacionalidad por residencia, la nacionalidad por opción y, de forma excepcional, la carta de naturaleza concedida por Real Decreto. La vía por residencia es la más habitual entre quienes han construido su vida en España sin vínculos familiares previos con el país. La opción, en cambio, está pensada para quienes tienen un progenitor español o estuvieron bajo patria potestad de un español.
Requisitos para la nacionalidad por residencia
Dos años de residencia legal
El artículo 22.1 del Código Civil fija en dos años el tiempo de residencia legal exigido a los nacionales de países iberoamericanos, entre ellos Argentina. Esa residencia debe ser legal, continuada y acreditarse mediante los documentos que justifiquen el permiso o tarjeta de residencia correspondiente durante todo ese periodo, sin interrupciones significativas.
Buena conducta cívica e integración
El artículo 22.4 del Código Civil exige justificar buena conducta cívica y un grado suficiente de integración en la sociedad española. En la práctica, esto se acredita mediante certificado de antecedentes penales español (y, en ocasiones, del país de origen) y, sobre todo, mediante la superación del examen CCSE.
El examen CCSE y la exención del examen de español
El Real Decreto 1004/2015, que regula el procedimiento de adquisición de la nacionalidad por residencia, exige a todos los solicitantes mayores de edad superar la prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE), organizada por el Instituto Cervantes. Al ser el español su lengua materna, los argentinos están exentos del examen DELE que sí deben realizar otros solicitantes no hispanohablantes.
Juramento o promesa y renuncia a la nacionalidad anterior
El artículo 23 del Código Civil exige, como requisito común a la opción, la carta de naturaleza y la residencia, jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, así como renunciar a la nacionalidad anterior. No obstante, esa misma norma exceptúa expresamente a los nacionales de países iberoamericanos, por lo que los argentinos no pierden en la práctica su nacionalidad de origen al adquirir la española.
Documentación necesaria para la solicitud
La tramitación se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Entre la documentación que habitualmente se requiere se encuentran:
- Pasaporte argentino en vigor y certificado de nacimiento, legalizado o apostillado y, en su caso, traducido.
- Certificado de empadronamiento histórico que acredite la residencia continuada en España.
- Documentación que acredite la residencia legal durante el periodo exigido (tarjetas o autorizaciones de residencia correspondientes).
- Certificado de antecedentes penales, cuando corresponda.
- Justificante de haber superado las pruebas CCSE.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente, modelo 790, código 026.
El importe de esta tasa se actualiza periódicamente por el Ministerio de Justicia y conviene comprobar la cuantía vigente directamente en la sede electrónica antes de realizar el pago.
Plazos de tramitación y resolución
El Real Decreto 1004/2015 establece un plazo máximo de un año para resolver el expediente desde que se completa la solicitud. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, lo que no impide que posteriormente se dicte una resolución expresa, favorable o desfavorable. La competencia para resolver corresponde al Ministerio de Justicia, previo informe de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
La opción por ascendencia española
El artículo 20 del Código Civil permite optar a la nacionalidad española a quienes estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español, o cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España. Muchos argentinos descendientes de emigrantes españoles han podido acceder a la nacionalidad por esta vía sin necesidad de residir previamente en España.
El plazo extraordinario de la Ley de Memoria Democrática
La Ley 20/2022, de Memoria Democrática, abrió un plazo extraordinario de opción para hijos y nietos de españolas y españoles de origen que tuvieron que exiliarse o perdieron su nacionalidad por razones políticas, entre otros supuestos. Ese plazo, prorrogado por un año adicional respecto al previsto inicialmente, concluyó en octubre de 2025. Quien no haya presentado su solicitud dentro de ese periodo extraordinario debe comprobar en la sede electrónica del Ministerio de Justicia si existe alguna vía vigente de opción ordinaria por ascendencia, ya que las condiciones y plazos pueden haber variado.
Qué hacer si la solicitud es denegada
Frente a una resolución denegatoria, cabe interponer recurso en vía administrativa y, en su caso, acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Es recomendable revisar con detalle los motivos de la denegación, ya que con frecuencia se deben a interrupciones en la residencia legal, incidencias en el empadronamiento o defectos en la documentación aportada, cuestiones que pueden subsanarse en una nueva solicitud correctamente preparada.
Preguntas frecuentes
¿Un argentino pierde su nacionalidad al obtener la española?
No. El artículo 23 del Código Civil exime a los nacionales de países iberoamericanos de la renuncia efectiva a su nacionalidad de origen, por lo que en la práctica pueden conservar ambas.
¿Cuánto tiempo de residencia legal hace falta exactamente?
Dos años de residencia legal y continuada en España, según el artículo 22.1 del Código Civil, frente a los diez años exigidos con carácter general.
¿Es obligatorio hacer un examen de español siendo argentino?
No, al ser el español lengua materna, solo es obligatorio superar el examen CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales, no el examen de idioma.
¿Dónde se presenta la solicitud de nacionalidad por residencia?
La solicitud se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, que es el órgano competente para resolver el expediente.
¿Sigue vigente la opción de nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática?
El plazo extraordinario previsto en la Ley 20/2022 finalizó en octubre de 2025, por lo que conviene verificar en la sede electrónica si existe alguna vía ordinaria de opción todavía disponible.